Notas: |
1. |
La presente Escala comprende la suma mensual de las
contraprestaciones en dinero que para cada grado (o contrato por
jornada) debe recibir un funcionario en razón de su empleo o
función pagadas habitual y permanentemente, sin los descuentos
legales que correspondan (remuneración bruta). |
2. |
No se contemplan las contraprestaciones eventuales y
accidentales y las afectas a fines determinados, tales como: la
asignación familiar, los aguinaldos y las horas extraordinarias,
cuando no tienen el carácter de permanentes, y ciertos derechos
estatutarios que constituyen beneficios indemnizatorios, como son los
viáticos y el bono de escolaridad. Esto de acuerdo a lo
establecido por la Contraloría General de la República
(Dictamen N° 25.275/2005) |
3. |
Asimismo, no se consignan aquellas contraprestaciones que
correspondan en atención a la situación personal de cada
funcionario, tales como los bienios (antigüedad), Bonif. Art. 19°, etc. |
4. |
Para las asignaciones que no son pagadas mensualmente, se ha
calculado un promedio mensual para cada grado (asignación
mensualizada). |
5. |
Los bonos de modernización se presentan mensualizados, considerando el
15% del Componente Base; el 7,6% del Bono por Desempeño Institucional,
considerando que se cumple el 100% de las metas institucionales (PMG); y el
8% de Desempeño Colectivo, considerando que se logran las metas de los
convenios por equipos de trabajo. La Bonificación compensatoria, si
corresponde, está calculada al mes de Enero 2017,considerando el tope imponible
de 75,7 UF a contar del 01-01-2017. |
6. |
Cabe indicar que las personas que ingresan por primera vez a
la institución, no les corresponde percibir Bono por
Desempeño Colectivo, y que al año siguiente les
corresponde en proporción a los días transcurridos desde
su fecha de ingreso. |